VISTO, la Hoja de Recom endación N° 01-2019-D IR SAPO L/
SEC del 17 enero de 2019, form ulada por la Secretaría de la Dirección de
Sanidad Policial, m ediante la cual recomienda la aprobación del proyecto de
Directiva que dicta Normas y Procedimientos para la prescripción, uso y control
del Certificado de Descanso M édico Dom iciliario Digital (C ED M ED D ) y
Constancia de Exoneración de Esfuerzo Físico Digital (CEEFD) del personal de
la Policía Nacional del Perú.
CONSIDERANDO :
Que, el artículo 37° de la Ley N° 26842, “Ley General de
Salud”, prescribe que los establecimientos de salud y los servicios médicos de
apoyo cualquiera sea su naturaleza o modalidad de gestión, deben cumplir los
requisitos que disponen los reglam entos y norm as técnicas que dicta la
autoridad de Salud de nivel nacional; y, el artículo 123° m odificado por la Única
Disposición Com plem entaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161 –
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
M inisterio de Salud, establece que, el Ministerio de Salud es la Autoridad de
Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo
la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la
máxima autoridad norm ativa en materia de salud;
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado
tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia
del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la
ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; teniendo
entre otros objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la
ciudadanía, que cuente con canales efectivos de participación ciudadana y que
sea transparente en su gestión;
Que, en el artículo 1o de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y
Certificados Digitales, indica que: “ La presente Ley tiene por objeto regular la
utilización de la firm a electrónica otorgándole la mism a validez y eficacia
jurídica que el uso de una firm a manuscrita u otra análoga que conlleve
m anifestación de voluntad”. “Entendiéndose por firma electrónica a cualquier
sím bolo basado en m edios electrónicos utilizado o adoptado por una parte con
la intención precisa de vincularse o autenticar un docum ento cum pliendo todas
o algunas de las funciones características de una firma manuscrita»;
Que, en el numeral 15 del artículo 9o del Decreto Legislativo N°
1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece: La Comandancia General,
tiene entre otras funciones aprobar, en el marco de su competencia, las
resoluciones; manuales, reglam entos, directivas y demás documentos de
carácter interno que regulen el funcionam iento operativo de la Policía Nacional
del Perú para el ejercicio de la función policial;
Que, en el artículo 5o del Decreto Legislativo N° 1175, Ley dei
Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú, señala: “La Dirección
Ejecutiva de Sanidad de la Policía Nacional del Perú, siendo el órgano de
apoyo de la Policía Nacional del Perú, se constituye, com o el órgano de m ayor
nivel jerárquico y gestiona los servicios de salud dei Régimen de Salud de la
Policía Nacional del Perú, depende de la Comandancia General de la Policía
Nacional del Perú. Tiene la finalidad de promover el desarrollo del personal
policial, a través de la prevención, promoción, protección, recuperación y
rehabilitación de la salud, con pleno respeto de los derechos fundam entales de
ia persona”; asimismo, en el literal “a» del artículo 6o señala entre otras
funciones la de diseñar, im plem entar, planificar y evaluar los programas,
proyectos y actividades de ia salud policial en el marco del Sistema Nacional de
Salud;
Que, en concordancia con el artículo 31° del Decreto Suprem o
N° 026-2017-lN del 13 de octubre de 2017, que aprueba el Reglam ento del
Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, precisa que;
“La Dirección de Sanidad Policial es el órgano de apoyo policial responsable de
planear, organizar, normar, dirigir, controlar y supervisar las actividades de los
servicios de salud en la Institución Policial;
Que, en el artículo 1o del Texto Único Ordenado de la Ley ND
29344, Ley M arco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto
Suprem o N° 020-2014-SA del 12 de julio de 2014, establece: “tiene el objeto de
establecer el marco norm ativo del aseguram iento universal en salud, a fin de
garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social
en salud, así com o norm ar el acceso y las funciones de regulación,
financiam iento, prestación y supervisión del aseguramiento”;
Que, en e! artículo 1o del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto
Legislativo que aprueba ia Ley de G obierno Digital, menciona que; “La presente
Ley tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital
para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura
digital, interoperabílidad, seguridad digital y datos, así com o el régimen jurídico
aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de
procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la
Adm inistración Pública en los tres niveles de gobierno”;
Que, mediante la Hoja de Estudio y Opinión N° 04-2019-SCG-
PNP/DIVSEEPi. del 21 de enero de 2019, la División de Supervisión,
Evaluación de Estrategias y Planes Institucionales de la Sub Com andancia
General de la Policía Nacional del Perú, opina que: “es viable la aprobación del
Proyecto de Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional, a
fin de que se apruebe el proyecto de Directiva que dicta Norm as y
Procedimientos para la prescripción, uso y control del Certificado de Descanso
Médico Dom iciliario Digital (CEDMEDD) y Constancia de Exoneración de
Esfuerzo Físico Digital (CEEFD) del personal de la Policía Nacional del Perú”; a
fin de establecer el uso de un Form ato Único Digital, que permita mejorar las
acciones de gestión adm inistrativa en salud, optimizar las acciones de
supervisión, monitoreo y control de la prescripción, uso y control del Certificado
de Descanso M édico Domiciliario Digital (CEDM EDD) y C onstancia de
Exoneración de Esfuerzo Físico Digital (CEEFD) del personal de la Policía
Nacional del Perú”;
Lo dictaminado por la Unidad de Asesoría Jurídica de la Sub
Com andancia G eneral de la Policía Nacional del Perú, m ediante Dictam en N°
55-2019-SCG PNP/SEC.UAJ del 1 de febrero de 2019;
Lo propuesto por la General de Servicios de la Policía Nacional
del Perú, Directora de Sanidad Policial, y;
Lo opinado por el Teniente G eneral de la Policía Nacional del
Perú, Sub Com andante G eneral de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Directiva que dicta Norm as y
Procedim ientos para la prescripción, uso y control del Certificado de Descanso
Médico Domiciliario Digital (CEDMEDD) y Constancia de Exoneración de
Esfuerzo Físico Digital (CEEFD) del personal de la Policía Nacional del Perú,
cuyo Anexo form a parte de la presente Resolución.
Artículo 2° – La Dirección de Sanidad Policial, adoptará las
acciones de su competencia para su cumplimiento.
Artículo 3 °.- Publicar de ia presente Resolución en la página
web de la Policía Nacional dei Perú y en la página web “Águila 6” de la
Dirección de Recursos Hum anos de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Directiva N° 18-17-2016-
DíRG EN-PNP/DIREJESAN-B, aprobada por la Resolución Directoral N° 656-
2016-DIRG EN/DIREJESAN-PN P de 9 de julio de 2016.